
EXW
.Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill.
El vendedor ha cumplido su obligación de entrega al poner la
mercadería en su fábrica, taller, etc. a disposición
del comprador. No es responsable ni de cargar la mercadería en
el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla
de aduana para la exportación, salvo acuerdo en otro sentido.
El comprador soporta todos los gastos y riesgos de retirar la mercadería
desde el domicilio del vendedor hasta su destino final.
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FCA . Free carrier (Franco Transportista - libre transportista)
El vendedor cumple con su obligación al poner la mercadería
en el lugar fijado, a cargo del transportista, luego de su despacho
de aduana para la exportación. Si el comprador no ha fijado ningún
punto específico, el vendedor puede elegir dentro de la zona
estipulada el punto donde el transportista se hará cargo de la
mercadería. Este término puede usarse con cualquier modo
de transporte, incluído el multimodal.
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FOB
.(Free on Board - Libre a bordo)
Va seguido del puerto de embarque, ej. FOB Buenos Aires. Significa que
la mercadería es puesta a bordo del barco con todos los gastos,
derechos y riesgos a cargo del vendedor hasta que la mercadería
haya pa-sado la borda del barco, con el flete excluído. Exige
que el vendedor despache la mercadería de exporta-ción.
Este término puede usarse solamente para el transporte por mar
o vías acuáticas interiores.
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FAS
. (Free alongside ship - Libre al costado del buque)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio
de la mercadería se entiende puesta a lo largo (costado) del
navío en el puerto convenido, sobre el muelle o en barcazas,
con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo del vendedor.
El comprador debe despachar la mercade-ría en aduana. Este término
puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas
interiores.
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CFR.
(Cost & Freight - Costo y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino. El precio
comprende la mercadería puesta en puerto de destino, con flete
pagado pero seguro no cubierto. El vendedor debe despachar la mercadería
en Aduana y solamente puede usarse en el caso de transporte por mar
o vías navegables interiores.
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CIF
. (Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio
incluye la mercadería puesta en puerto de destino con flete pagado
y seguro cubierto. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente.
El vendedor sólo está obligado a conseguir un seguro con
cobertura mínima.
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CPT.
(Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta)
El vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta
el destino mencionado. El riesgo de pérdida o daño se
transfiere del vendedor al comprador cuando la mercadería ha
sido entregada al transportista. El vendedor debe despachar la mercadería
para su exportación.
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CIP (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta)
El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, pero además
debe conseguir un seguro a su cargo.
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DAF
(Delivered at Frontier - Entregado en frontera)
El vendedor cumple con su obligación cuando entrega la mercadería,
despachada en aduana, en el lugar convenido de la frontera pero antes
de la aduana fronteriza del país colindante. Es fundamental indicar
con precisión el punto de la frontera correspondiente.
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DES
(Delivered ex Ship - Entregada sobre buque)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería
a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de
destino, sin despacharla en aduana para la importación.
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DEQ
[Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados)]
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería
a disposición del comprador sobre el muelle en el puerto de destino
convenido, despacha-da en aduana para la importación.
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DDU
(Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería
a disposición del comprador en el lugar convenido en el país
de importación. El vendedor asu-me todos los gastos y riesgos
relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio
(excluídos derechos, cargas oficiales e impuestos), así
como de los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras.
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DDP
(Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados)
El vendedor asume las mismas obligaciones que en D.D.U. más los
derechos, impuestos y cargas necesarias para llevar la mercadería
hasta el lugar convenido.